20 oct 2014

DURAS DETERMINACIONES DE LA CONFEDERACIÓN DEL FÚTBOL DEL ESTE.

La Confederación de Fútbol del Este, reunida en Congreso en la Ciudad de Aiguá, el día sábado 18 de octubre de 2014, con el voto conforme de los siguientes 9 (nueve) Sectores: Cerro Largo Capital, Cerro Largo Interior, Lavalleja Capital, Lavalleja Interior, Maldonado Capital, Maldonado Interior, Rocha Capital, Rocha Interior y Canelones Interior, adoptó la siguiente resolución.
La misma hace referencia a las actuaciones relacionadas con el proceso pre y electoral, su contexto, las resultancias del acto electoral en sí llevado a cabo en el Congreso de la ciudad de Melo del 20 de setiembre pasado y en general a los distintos hechos y actuaciones político institucionales,  o a las adoptadas por personas, Ligas, Sectores o Confederaciones inherentes al tema:Establecer las siguientes sanciones:
Sr. Sergio Gabito (Consejero Suplente), 10 años de inhabilitación para actuar en cualquier ámbito de esta Confederación.
Sr. Nilo Scarpa (Consejero Suplente), 10 años de inhabilitación para actuar en cualquier ámbito de esta Confederación.
Sr.  Ramón Freddy Graña (Rocha Interior), 8 años de inhabilitación para actuar en cualquier ámbito de esta Confederación.
Sr. Tomás Pérez (Maldonado Interior), 5 años de inhabilitación para actuar en cualquier ámbito de esta Confederación.
Sr. Ricardo Daer (Treinta y Tres Interior), 5 años de inhabilitación para actuar en cualquier ámbito de esta Confederación.
Sr. Javier Valiero (Maldonado Interior), 5 años de inhabilitación para actuar en cualquier ámbito de esta Confederación.
Sr. Fernando Acosta (Treinta y Tres Capital), 3 años de inhabilitación para actuar en cualquier ámbito de esta Confederación.
Estas inhabilitaciones se aplicarán sobre la base de su más amplia acepción, incluyendo en una descripción no exhaustiva, entre otras, todas aquellas relacionadas con el fútbol, administrativas, deportivas, organizativas, políticas, representativas y de otra índole.
Reprobar las actitudes y dichos del Sr. Manuel Román sobre compañeros  de la Confederación del Este, quedando a la espera, para adoptar resolución definitiva, de ulteriores actuaciones.
Suspender las relaciones con la Confederación del Litoral Norte, partícipe a sabiendas de un acuerdo con personas descalificadas electoralmente por nuestra Confederación, intercediendo a través de sus autoridades para generarnos divisionismo y debilidades;  en definitiva, abonando con actitudes que no condicen con la histórica relación principista y de amistad que ha mostrado esa Confederación con la nuestra.
Cabe señalar que las propias autoridades de la citada Confederación negaron expresamente y de motu propio, en el proceso previo, aceptar ningún acuerdo como el planteado, por lo que es doblemente rechazable su accionar.
Declarar persona no grata para esta Confederación, por su actuación en el sentido señalado en el numeral anterior, al Sr. Presidente de la Mesa de la Confederación del Litoral Norte Franklin Aliano.
Comunicar a OFI, mandatar a los Consejeros de la Confederación y a la Mesa para dar la más amplia difusión a lo resuelto.


 


  

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