10 jul 2014

PARA VOLVER A JUGAR HAY QUE PAGAR LO QUE SE DEBE.

Ante versiones extraoficiales, de que volverían a participar en la Asociación Uruguaya de Fútbol los Clubes Colonia, Frontera Rivera, Huracán Buceo y Salto, recordamos a Todos Nuestros Asociados que para que se concrete dicha aspiración, los mencionados Clubes deberán abonar TODAS las deudas que mantienen con los Futbolistas Profesionales por todo concepto.-

Transcribimos Artículos del Estatuto del Jugador del Fútbol Profesional Uruguayo:

“ …… Artículo 26°.- Los clubes no podrán comenzar ningún torneo oficial, fases, ruedas o similares, manteniendo deudas con futbolistas sobre cuyos reclamos existan fallos favorables a los mismos, o no se encontraren al día con convenios de pago suscritos con futbolistas.
 En caso que una institución deje de participar en Torneos Oficiales o sus respectivas fases por los motivos expresados en el inciso anterior, la A.U.F. afectará los ingresos que por todo concepto le hubieren correspondido percibir en él o en los últimos torneos o fases en las cuales hubiera participado, a la cancelación de las deudas existentes con futbolistas.
El Club no podrá volver a competir oficialmente en ningún campeonato que organice la A.U.F. (amateur o profesional), hasta la cancelación total de las deudas que mantenga con futbolistas y de sus respectivos aportes legales al Banco de Previsión Social. En caso de incumplimiento por parte de la AUF, de lo dispuesto en el inciso 2 de este artículo, la misma será solidariamente responsable del pago de las sumas adeudadas.
Los futbolistas de los Clubes que se encuentren en las condiciones establecidas en el presente artículo quedarán automáticamente en condición
de libres y podrán ficharse en cualquier otra institución local o extranjera, en cuyo caso dejarán de percibir lo que le hubiere correspondido hasta la finalización del contrato. En caso contrario deberán percibir lo acordado hasta el término del mismo.
Artículo 27°.- Los clubes no podrán recibir transferencias mientras mantengan deudas con futbolistas sobre cuyos reclamos existan fallos ejecutoriados favorables a los mismos, salvo que exista convenio de pago entre las partes y el mismo se esté cumpliendo. 

 fuente. Mutual Uruguaya de futbolistas profesionales. 

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