La Organización del futbol del Interior a través de
la circular 2530 convoca a Congreso Extraordinario a realizarse el sábado 24 de
Julio a las 14.00 en la sede de OFI en la capital del país.
Corresponde al estudio de la condición de jugador libre,
norma transitoria.
La reglamentación actual vigente para que un jugador
quede libre dice a) 2 años de inactividad, b) pertenecer a un club desafiliado,
c) jugadores menores que han sido fichados pero no han jugado en un periodo de
180 días, d) por disposiciones particulares de las ligas, exclusivamente para
sus competencias internas
LA NORMA TRANSITORIA QUE SE PONE A CONSIDERACION.
De manera excepcional se establece el siguiente
régimen transitorio.
A. Las
condiciones y plazos establecidos en los literales a) y c) de este artículo, no
se aplican a las temporadas en que no
exista actividad oficial como consecuencia de la emergencia sanitaria por covid
19 decretada por las autoridades nacionales.
Los plazos y condiciones transcurridos durante la pandemia no serán computados
a estos efectos.
B. Los
equipos que no puedan o decidan no participar en actividades y/o competencias
oficiales, deberán permitir que sus futbolistas debidamente registrados en las
listas generales puedan participar en calidad de préstamo por 1 temporada en
equipos pertenecientes a la misma liga, distinta liga o sector. Dicho préstamo
será con cargo de oportuna devolución.
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