Para conocimiento y difusión entre las
autoridades de las entidades afiliadas,
cumplo
en dar cuenta resumida de las RESOLUCIONES adoptadas por el 71º Congreso
Ordinario de la Organización del Fútbol del Interior, celebrado en Rivera el
día Sábado 16 de setiembre de 2017.
1.
MEMORIA ANUAL
- Fue aprobada la Memoria Anual del Ejercicio 2016/2017.
2.
BALANCE -
Se aprobó el Balance del Ejercicio 2016/2017. Se resolvió asimismo reconocer el
trabajo del Consejo Fiscal.
Se recomienda que cesen donaciones a Instituciones por
festejos, recomendándose crear un fondo solidario para mejoramiento
de instalaciones puntuales. Se recomienda que se presenten
balances de fondos de terceros (Consejos Técnicos, etc.).
3.
AJUSTE AL PRESUPUESTO – Se aprobó la propuesta presentada por el Consejo Ejecutivo.
4.
REFORMAS ESTATUTARIAS – Se aprobó:
a)
Modificación al art. 25º literal e) que queda redactado: “Designar para
integrar el Consejo Ejecutivo 1 (un) consejero Titular y 2 (dos) Suplentes,
cuando corresponda”.
b)
Modificación art. 38º primer párrafo, que queda redactado:
“El
Consejo Ejecutivo estará compuesto por nueve miembros neutrales, siendo
necesariamente por lo menos dos de estos miembros mujeres, electos en el
Congreso elector y un miembro neutral designado por cada Confederación,
cuya
composición, funcionamiento y fines serán los que establecen en el Estatuto y
el presente Reglamento.” continuando la redacción como estaba.
5.
REFORMAS REGLAMENTARIAS – Se aprobaron:
a)
Arts. 1 y 2 del Capitulo IV del Ejecutivo – El Ejecutivo deberá realizar los
ajustes necesarios para adecuar dichos artículos a la reforma estatutaria
aprobada.
b)
Arts. 5 y 6 Código de Penas – Incorporar nuevo inciso, con la siguiente
redacción: “CONCURSO
DE INFRACCIONES: Cuando por la comisión de una o más infracciones una persona
hubiese incurrido
en faltas para las que se prevén sanciones diversas, se impondrá la prevista
para la infracción más
grave,
pudiendo incrementarse analizando las circunstancias concurrentes. Tal
incremento no podrá superar la mitad del máximo de la cuantía prevista para la
infracción de mayor gravedad”.
c)
Arts. 2 y 3 Anormalidades en los espectáculos – Se agrega en el art. 2 como
inciso 4, en el art.3 inciso 1 como numeral
c,
en el art.3 inciso 2 como numeral d y en el art.3 inciso 3 como numeral c el
siguiente texto:
“El
o los Club/es o Selección/es responsable de los hechos podrán, a criterio del
tribunal, ser sancionados con la pérdida de 1 y hasta el 20% de los puntos en
disputa en el campeonato o llave del campeonato.”
d)
Se aprobó la creación Comisión para estudio plazos para fallos. Estará
integrada por tres (3) representantes del Consejo Ejecutivo de la Organización
del Fútbol del Interior y un (1) representante designado por cada Confederación,
para que en un plazo de treinta (30) días elabore los cambios que se deban
realizar a las reglamentaciones vigentes en la materia, a los plazos para la
emisión de los fallos durante la disputa de los torneos.
La
Comisión Especial de Reglamentos, será asesorada por un equipo de profesionales
en jurisprudencia que serán designados por el Consejo Ejecutivo. La Comisión
Especial de Reglamentos se instalará en un plazo de diez (10) días hábiles
contados a partir del primer día hábil posterior a la fecha del Congreso
Ordinario Anual de Rivera.El producido aprobado por la Comisión, será elevado a
un Congreso Extraordinario en un plazo de diez (10) días hábiles, después de
finalizado el plazo de sesenta días que tiene la Comisión Especial para aprobar
las redacciones de los textos que impliquen la adecuación de las
reglamentaciones.
e)
Circular 2311 del Consejo Ejecutivo – Se deja sin efectos.
f)
Torneos OFI. Definición Finales – Se modifica quedando redactado:
“C)
Finales: mejor puntaje, alargue y penales.”
g)
Torneos OFI. Agregar artículo sobre tiempo de juego por categoría con la
siguiente redacción:
“Para
el Fútbol Masculino, los partidos serán de dos tiempos de 45 minutos cada uno,
en todas las categorías, (desde Sub 14 hasta Mayores).
Para
el Fútbol Femenino, los partidos de formativas (Sub 14 a Sub 17) serán de dos
tiempos de 40 minutos cada uno, y las demás categorías de dos tiempos de 45
minutos cada uno.”
h)
Torneos OFI . Complementos (picos de partidos) – Se modifica art. 1 y 3:
Art.1)
se agrega al final: “excepto el que hubiera sido previamente sustituido o
expulsado.”
Art.3)
Se elimina la frase final “Los jugadores que hubieran recibido tarjeta roja en
el partido suspendido ...”
i)
Consejo Técnico Árbitros – Se aprueba que el Consejo Ejecutivo deberá adecuar
la reglamentación del Consejo Técnico Árbitros según la recomendación FIFA y
establecer que los miembros técnicos podrán ser reelectos por una única vez.
j)
Consejo Técnico Árbitros – Se agrega lit. m) Art. 9ª con la siguiente
redacción:
“m)
Recibir y dar trámite urgente a planteos que puedan realizar alguna de las
Ligas afiliadas en relación a las designaciones de ternas o cuaternas
arbitrales para determinados encuentros. Tendrá que ser presentado con una
fundamentación –con la mayor claridad de los motivos argumentados, a los
efectos de su pronto estudio y rápida resolución por parte del Consejo Técnico.
La respuesta se deberá evacuar inmediatamente y comunicar a la mayor brevedad
posible a la Liga gestora. A esos efectos se proveerá una vía de comunicación
tanto del Consejo Técnico como de la Liga en cuestión mediante el que se podrá
remitir la resolución en forma escrita y refrendada por las autoridades
actuantes.”
k)
Consejo Técnico Árbitros – Se modifica categorías Segunda y Tercera de Árbitros
SEGUNDA
CATEGORIA. Dónde dice “la diferencia a la Categoría precedente es la parte
física”, se cambia por: “La diferencia a la precedente categoría es la
calificación de sus actuaciones en los distintos campeonatos”.
TERCERA
CATEGORIA. Se modifica la primera parte del texto, con la siguiente redacción:
“Estará integrada por aquellos árbitros que ingresan por primera vez a las
listas de la Organización, como tambíen aquellos árbitros, que sus
calificaciones en sus actuaciones aún no alcanza para ingresar a las Categoría
Primera o Segunda.
l)
Fondo de Selección – Se modifican numerales 1 y 2, que quedan redactados:
1)En
torneos nacionales de selecciones (...) se abonará 0,40 BPC por partido de
locatario.
2)En
torneos nacionales de clubes (.) se abonará 0,40 BPC por partido de locatario y
1 (una) BPC por derecho de inscripción.
6.
VARIOS – Se aprobó:
a)
Copa Nacional de Selecciones 2018 -
Se
dispone la disputa en categoría sub 17 con la salvedad de que se habilite la
inscripción dentro de la LISTA DE BUENA FE de un máximo de quince (15)
futbolistas “generación año 2000” (nacidos a partir del día 1º de Enero del año
2000),
pudiendo incluirse dentro del formulario de cada partido un máximo de cinco (5)
futbolistas de dicha generación.
7. FIRMA ACTAS - Se designó a los delegados de
Rivera Capital, Lavalleja Interior y Florida Capital
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