Dando cumplimiento a lo establecido por los Estatutos y Reglamento
General de Liga Mayor de Fútbol de Maldonado , el Cuerpo de Neutrales convoca a
la Institución de su Presidencia para la Asamblea General Extraordinaria a
realizarse el día martes 03 de noviembre del cte. Año , a partir de las 20.00 horas en primer llamado y 20.30 horas
en segunda citación en Sala de eventos
en Polideportivo de Cerro Pelado a los efectos de considerar el siguiente Orden
del Día :
01) CONFORMACION COMISION DE PODERES
02) INFORME COMISION DE PODERES
03) MODIFICACION REGLAMENTARIA:
A) Se propone modificar el Art. 149
del Capítulo XIII “ De los Campeonatos” (Rgto. Gral) , otorgándosele nueva redacción :
“Los
Clubes de la Divisional Primera “A” y Primera “B” para poder participar en los
Torneos Oficiales de Primera y Tercera Especial , deberán de presentar y actuar
en la actividad juvenil , de acuerdo al siguiente ordenamiento :
AÑO
(TEMPORADA ) 2017 , Clubes de Primera
“A” , es obligatorio participar en las categorías Sub-14 , Sub-15 y Sub-17 .
Para los clubes de Primera “B” , es
obligatorio participar en la Categoría Sub-14 .-
AÑO
(TEMPORADA ) 2018 , Clubes de Primera
“A” , es obligatorio participar en las tres categorías del Consejo Unico
Juvenil ( Sub-14 , Sub-15 y Sub-17 ). Los clubes de Primera “B” , lo deberán
hacer obligatoriamente en las Categorías Sub-14 y Sub-15 .-
A
partir del AÑO (TEMPORADA ) 2019 , inclusive todos los clubes de las
Divisionales Primera “A” y Primera “B” , deberán obligatoriamente participar en
las tres categorías del Consejo Unico Juvenil (Sub-14, Sub-15 y Sub-17) .-
Los
Clubes que no cumplan con con las disposiciones señaladas anteriormente ,
automáticamente descenderán de divisional .- Los Clubes de Primera “A” bajan a
Primera “B” y los Clubes de Primera “B” bajarán a la Divisional Primera “C” ,
nueva divisional a crear .- “
B) Se propone agregar al Art. 173 del
Capítulo XV referente a Período de Pases , el inciso C que debería estar así redactado :
“Inc.
C : Culminado el Torneo Apertura y hasta el día viernes anterior al inicio del
Torneo Clausura , las Instituciones participantes en la Divisional Primera “A”
, podrán incorporar hasta dos jugadores , como pase interno en Liga Mayor .
Los
jugadores que soliciten pase , no pueden haber tenido movimiento en el periodo
ordinario .- Los jugadores que soliciten pase amparados en este inciso ,
solamente quedan habilitados para actuar en las divisiones Primera y Tercera
Especial .- “
C) Modificación Art. 22 y 32 Estatutos , y Art. 62 ,
86, 87 y 88 del Regto. Gral Liga Mayor
En consideración a que la
Organización del Fútbol del Interior a prolongado su mandato por el término de
cuatro años , se sugiere aplicar para el Consejo Ejecutivo , Mesas Ejecutivas y
Cuerpos Auxiliares el mismo criterio , a efectos de adecuar las normas vigentes
se propone modificar los siguientes artículos del Estatuto y Reglamento General
de Liga Mayor de Fútbol de Maldonado
NUEVA REDACCION PROPUESTA:
ESTATUTOS :
Art. 22.- La Asamblea General Ordinaria se reunirá:
a) Anualmente, al final de cada ejercicio, en la fecha
que determine el Reglamento General, para considerar la Memoria y Balance
presentado por el Cuerpo Neutral y la Comisión Fiscal.
b) Cada CUATRO
años, a los 20 días de concluida la
actividad de Selección, para lo cual el Cuerpo Neutral del Consejo Ejecutivo ,
citará a las entidades que tengan representación, con una antelación de 10 días
corridos. La convocatoria se realizará por Nota a los Clubes y por dos medios
de comunicación, por lo menos de la Ciudad de Maldonado y San Carlos, indicando
que el Orden del día comprenderá la designación de los Miembros Neutrales del
Consejo Ejecutivo , de la Comisión Fiscal y de sus Respectivos Suplentes.
Art. 32.- Los Tribunales se integraran con Tres Miembros Titulares
y Tres Miembros Suplentes cada uno de ellos, los que serán electos por las
Mesas Ejecutivas en Sesión con Delegados, durando CUATRO años en sus
funciones.
REGLAMENTO GENERAL :
Art. 62.- Para ser Miembro del tribunal de Penas, Protestas y
denuncias se requiere las mismas condiciones estipuladas en el Art.35 del
Reglamento General para ser Miembro Neutral, durando CUATRO años en sus
funciones .-
Art. 86.- La Elección de Neutrales del Consejo Ejecutivo , así
como de las Respectivas Mesas Ejecutivas se realizará en un todo de acuerdo con
lo que establece el Estatuto y el Reglamento General , DURANDO CUATRO AÑOS EN SUS FUNCIONES .-
Art. 87.- Los respectivos Cuerpos Neutrales serán elegidos a propuesta de las Instituciones
que la integran cada Divisional durando CUATRO
años en sus funciones.
Art. 88.- Los Neutrales del Consejo Único Juvenil serán electos
a propuesta por las instituciones que
lo integran y durarán estos CUATRO
años en sus funciones.
04) DESIGNACION DE DOS ASAMBLEISTAS PARA LA FIRMA DEL ACTA
POR EL CUERPO DE NEUTRALES Y P.S.O.
ALVARO D. GONZALEZ
GERENTE
LIGA MAYOR MALDONADO
NOTA : Se recuerda a las
Instituciones que deberá concurrir munidos con sus respectivos poderes
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