Para su conocimiento y difusión entre las autoridades de las
entidades afiliadas, cumplo en dar cuenta resumida de las RESOLUCIONES
adoptadas por el Congreso Extraordinario de la Organización del Fútbol del
Interior, celebrado en Montevideo (sede de OFI) el día Martes 16 de diciembre de 2014.
1. TRIBUNAL ESPECIAL DE ALZADA – Se aprobó una nueva redacción de los arts. 26 y 13 del Capítulo VIII – TRIBUNAL
ESPECIAL DE ALZADA. Los mismos quedan redactados de la siguiente manera:
“Art. 26 – El Tribunal Especial de Alzada una vez que reciba el recurso conferirá traslado a las partes por un plazo de cinco (5) días hábiles.
Contestado el recurso o vencido el término para hacerlo, recibido el expediente por el Tribunal Especial de Alzada, deberá expedirse dentro del término de
diez (10) días corridos, contados a partir de la puesta para su despacho para el dictado del fallo definitivo.
Si el fallo definitivo resultara favorable al apelante, se procederá a devolver el importe del depósito.
En toda situación no prevista en relación al presente Tribunal, será de aplicación las disposiciones aplicables al Tribunal Arbitral.”
“Art. 13 – Recibido el expediente por el Tribunal Especial de Alzada, deberá expedirse dentro del término de diez (10) días corridos, inmediatos y siguientes
contados a partir del día siguiente a la puesta para su despacho para el dictado del fallo definitivo.
El fallo del Tribunal Especial de Alzada, será inapelable e incomentable y requerirá para su validez de tres votos conformes.
Si el fallo definitivo resultara favorable al apelante, se procederá a devolver el importe del depósito.
En toda situación no prevista en relación al presente Tribunal, será de aplicación las disposiciones aplicables al Tribunal Arbitral.”
2. CODIGO DE PENAS – Se eliminó el último párrafo del numeral 4) del Art. 25º (Situaciones especiales del Código de Penas).
El mismo queda redactado de la siguiente manera;
“4) En caso de que el árbitro denuncie a más de un jugador que, participando de un incidente, se quiten la camiseta, el Tribunal Arbitral podrá aplicar una
multa de 1 a 10 UR al Club o Selección por la cual actúan.”
3. ANORMALIDADES EN LOS ESPECTÁCULOS – Se resolvió mantener la redacción vigente del art.2º inc.3) Anormalidades
en los espectáculos y desestimar la reforma solicitada por el 66º Congreso de Nuevo Berlín.
4. COPA NACIONAL DE CLUBES – Con respecto a los participantes por Sector se resolvió:
“Para la Copa Nacional de Clubes los Sectores con 10 o más Instituciones pueden inscribir hasta 2 Clubes, pudiendo éstos salir indistintamente de ambos Sectores, respetando los cupos a que tienen derecho, en los casos de disputarse campeonatos departamentales en forma fehaciente.”
5. PROGRAMA COMET – Se resolvió:
1. Autorizar al Consejo Ejecutivo que realice todos los cambios necesarios para que se ajusten los procedimientos y los reglamentos al programa COMET.
2. Encomendar un proceso de capacitación a las personas encargadas de Ligas y Sectores.
6. PRESUPUESTO TRIENAL – Se aprobó el proyecto de Presupuesto trienal (2014-2017) tal como fuera propuesto.
7. FIRMA ACTAS - Se designó a los delegados de Canelones Interior, Lavalleja Capital y Salto Interior para firmar el acta
Interior, celebrado en Montevideo (sede de OFI) el día Martes 16 de diciembre de 2014.
1. TRIBUNAL ESPECIAL DE ALZADA – Se aprobó una nueva redacción de los arts. 26 y 13 del Capítulo VIII – TRIBUNAL
ESPECIAL DE ALZADA. Los mismos quedan redactados de la siguiente manera:
“Art. 26 – El Tribunal Especial de Alzada una vez que reciba el recurso conferirá traslado a las partes por un plazo de cinco (5) días hábiles.
Contestado el recurso o vencido el término para hacerlo, recibido el expediente por el Tribunal Especial de Alzada, deberá expedirse dentro del término de
diez (10) días corridos, contados a partir de la puesta para su despacho para el dictado del fallo definitivo.
Si el fallo definitivo resultara favorable al apelante, se procederá a devolver el importe del depósito.
En toda situación no prevista en relación al presente Tribunal, será de aplicación las disposiciones aplicables al Tribunal Arbitral.”
“Art. 13 – Recibido el expediente por el Tribunal Especial de Alzada, deberá expedirse dentro del término de diez (10) días corridos, inmediatos y siguientes
contados a partir del día siguiente a la puesta para su despacho para el dictado del fallo definitivo.
El fallo del Tribunal Especial de Alzada, será inapelable e incomentable y requerirá para su validez de tres votos conformes.
Si el fallo definitivo resultara favorable al apelante, se procederá a devolver el importe del depósito.
En toda situación no prevista en relación al presente Tribunal, será de aplicación las disposiciones aplicables al Tribunal Arbitral.”
2. CODIGO DE PENAS – Se eliminó el último párrafo del numeral 4) del Art. 25º (Situaciones especiales del Código de Penas).
El mismo queda redactado de la siguiente manera;
“4) En caso de que el árbitro denuncie a más de un jugador que, participando de un incidente, se quiten la camiseta, el Tribunal Arbitral podrá aplicar una
multa de 1 a 10 UR al Club o Selección por la cual actúan.”
3. ANORMALIDADES EN LOS ESPECTÁCULOS – Se resolvió mantener la redacción vigente del art.2º inc.3) Anormalidades
en los espectáculos y desestimar la reforma solicitada por el 66º Congreso de Nuevo Berlín.
4. COPA NACIONAL DE CLUBES – Con respecto a los participantes por Sector se resolvió:
“Para la Copa Nacional de Clubes los Sectores con 10 o más Instituciones pueden inscribir hasta 2 Clubes, pudiendo éstos salir indistintamente de ambos Sectores, respetando los cupos a que tienen derecho, en los casos de disputarse campeonatos departamentales en forma fehaciente.”
5. PROGRAMA COMET – Se resolvió:
1. Autorizar al Consejo Ejecutivo que realice todos los cambios necesarios para que se ajusten los procedimientos y los reglamentos al programa COMET.
2. Encomendar un proceso de capacitación a las personas encargadas de Ligas y Sectores.
6. PRESUPUESTO TRIENAL – Se aprobó el proyecto de Presupuesto trienal (2014-2017) tal como fuera propuesto.
7. FIRMA ACTAS - Se designó a los delegados de Canelones Interior, Lavalleja Capital y Salto Interior para firmar el acta
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